¿Cómo dar de baja el Seguro de Ahorra Seguros?
Sin embargo, puede ser que los conductores ya no deseen tener esa póliza vehicular o prefieran no renovarla, por lo cual, una duda común es cómo cancelar el seguro con Ahorra Seguros.
Es importante saber que, en el caso de Ahorra Seguros, la plataforma realiza la renovación de la póliza de manera automática, por lo que se deberá solicitar la cancelación del seguro con anticipación de, por lo menos, 30 días antes de la fecha del término de la vigencia.
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Pasos para cancelar el seguro de Ahorra Seguros
Generalmente, el seguro de auto se cancela mediante una carta dirigida a la aseguradora. Ésta debe incluir la fecha, el número de póliza, el motivo de cancelación y ser firmada por el contratante de la póliza.
Sin embargo, si se contrató la póliza a través de un Agente o Bróker de Seguros, como Ahorra Seguros, la aseguradora solicitará hacer la cancelación a través del mismo canal.
En los Términos y Condiciones de Ahorra Seguros no hay algún apartado en el que aclare el proceso de cancelación, no obstante, sí mencionan que se hace una renovación automática de la contratación y la posibilidad de cancelar máximo en 30 días antes de que termine la vigencia.
Para saber cuál es el trámite, formatos y documentación que se necesita para cancelar el Seguro con Ahorra Seguros, será necesario contactarse con la plataforma.
Los medios de contacto que tienen Ahorra Seguros son:
- Número de teléfono: 55 8957 7278 (marcar opción 5 para cancelaciones)
- App Móvil Ahorra Seguros (disponible en App Store y Google Play)
- Correo Electrónico: contacto@ahorraseguros.mx
- Dirección: Calz México-Tacuba #815, Tacuba, Miguel Hidalgo, 11410 Ciudad de México, CDMX
- Redes Sociales de Ahorra Seguros
¿Qué hacer si no se logra cancelar el Seguro de Ahorra Seguros?
En caso de no poder ponerse en contacto con Ahorra Seguros para realizar la cancelación de la póliza contratada, se puede levantar una queja ante las siguientes instituciones:
- Unidad Especializada encargada de atender consultas y reclamaciones de los usuarios, de la propia Institución.
- Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, autoridad competente para conocer de consultas o de reclamaciones contra empresas de seguros, en la vía administrativa, (cuya página es www.condusef.gob.mx)
- Vía jurisdiccional, en materia de demandas en contra de Empresas de Seguros o de Fianzas “La competencia por territorio para demandar en materia de seguros será determinada, a elección del reclamante, en razón del domicilio de cualquiera de las delegaciones de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Asimismo, será competente el Juez del domicilio de dicha delegación; cualquier pacto que se estipule contrario a lo dispuesto en este párrafo, será nulo”
Asimismo, se puede presentar una queja ante la CNSF en la Oficialía de Partes, ubicada en Fernando Villalpando Núm. 18, Col Guadalupe Inn, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México de lunes a viernes de las 09:00 a 15:00 horas.
Si el patrimonio o daño al interesado requiere resarcimiento monetario, la CNSF carece de competencia para obligar o forzar a los agentes, a pagar alguna cantidad por el resarcimiento de daños y perjuicios, por lo que será necesario acudir a la Condusef o juez.