Seguro para usuarios de scooter eléctrico

Por Mara Delgado 15 de marzo de 2019 Tiempo de lectura estimado: 5 minutos

Los problemas de movilidad suelen ser un dolor de cabeza para los capitalinos. De acuerdo con datos del Institutito Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el parque vehicular de la Ciudad de México en los últimos años se ha duplicado. En promedio, hay una proporción de 1.87 vehículos por cada habitante en la capital de la República. Esto ha supuesto que la movilidad sea un problema público que genera impactos negativos tanto en el ambiente como en la vida de los ciudadanos.

Ante ello, algunas compañías internacionales de movilidad sustentable han apostado por el mercado mexicano. Estas empresas ofrecen plataformas digitales para el uso de scooters eléctricos, que funcionan a través de una aplicación móvil en algunas de las zonas más concurridas de la Ciudad de México.

Desde entonces, muchos ciudadanos comenzaron a utilizar los monopatines como una opción eficiente y sustentable para llegar a sus destinos. Sin embargo, las reglas de operación de estas empresas apenas se comenzaron a plantear debido a los desafortunados incidentes con los usuarios de scooters y automovilistas capitalinos.

En febrero de 2019, un infortunado incidente que derivó en la muerte de un usuario de scooter eléctrico, obligó a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (SEMOVI) a que estableciera reglas de operación para las empresas que brindan este servicio, exigiéndoles a contar con una póliza Amplia que proteja tanto a las personas que hacen uso de su servicio como a terceros.

Con ello se determinó que para poder operar las empresas deben ser responsables por los daños y perjuicios que puedan sufrir los usuarios y terceros, por medio de una cobertura y asistencias que respondan en caso de incidente o hecho de tránsito.

 ¿De qué ampara la Cobertura de Amplia de Monopatín?

A raíz del evento sucedido en febrero de 2019, donde un usuario de scooter eléctrico falleció, es mandatorio para las compañías que amparen a sus usuarios de cualquier evento que pudiera ocurrir. En los lineamientos de operación del programa “Piloto” del Sistema de Transporte Individual en bicicleta y/o monopatines, sin anclaje, para la Ciudad de México, la SEMOVI ha determinado que la empresa debe contar con “una póliza de seguro de cobertura amplia vigente que ampare al usuario, cuyas características no podrán ser inferiores a las establecidas en la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.”

Sin embargo, en caso de un percance y dependiendo de las condiciones de operación de cada compañía, el usuario deberá reportar cualquier siniestro, choque, daño, lesión personal, robo o extravío del vehículo a la plataforma a la que se encuentre suscrito, así como a la autoridad competente.

Cabe señalar, que en su mayoría, las empresas de arredramiento de monopatines abren una carpeta de investigación en caso de accidente para poder proceder en Responsabilidad Civil e indemnizar al usuario. Sin embargo, exhortan a los usuarios a contar con un seguro de Daños o Médicos que los ampare en caso de lesiones que deriven en hospitalización, acciones legales, demandas o pérdidas orgánicas.

Algunas plataformas de arrendamiento de monopatines establecen que la responsabilidad por daños materiales o menoscabos al rendimiento del vehículo ocasionados por eventos ajenos a los usuarios o la empresa misma como incendio, rayos, explosión, sobrecarga de energía o avería, agua, desastres naturales, guerra, revolución, disturbios civiles o actos de las autoridades civiles o militares o de enemigos públicos; no recae en ninguna de las partes.

De igual manera, cabe mencionar que el uso de los scooters tiene restricciones que podrían resultar determinantes para la indemnización de un usuario en caso de accidente. Entre las exclusiones del uso de los patines del diablo se encuentran:

  • No manejar el vehículo con artículos que alteren el equilibrio del mismo o supongan dificultad para una conducción segura de la unidad.
  • No se recomienda colocar objetos pesados en el manillar del patín, como, por ejemplo, mochilas o bolsas pesadas.
  • No usar ningún teléfono móvil, dispositivo de mensajes de texto, reproductor de música portátil ni otro dispositivo que puedan distraer de la conducción del vehículo de manera segura.
  • No debe conducir bajo la influencia de alcohol, drogas, medicamentos u otra sustancia que pueda afectar a su capacidad de usar el scooter de manera segura.
  • No llevar a una segunda persona o niño a bordo del monopatín.

Requisitos para manejar un monopatín eléctrico

  1. Ser mayor de edad, es decir, tener más de 18 años.
  2. Aunque el uso de casco no es obligatorio, es conveniente siempre portar uno al estar abordo de un scooter para evitar lesiones mortales.
  3. El monopatín es individual, por lo que sólo puede ir un pasajero.
  4. No invadir espacios peatonales como banquetas, rampas de discapacidad ni entradas al estacionarse o circular.
  5. Conducir en el sentido de la calle.
  6. No circular de noche, a menos que el scooter motorizado esté equipado con el equipo de iluminación adecuado.
  7. Manejar en las zonas urbanas delimitadas para el uso de monopatines.

Seguro de Accidentes Personales para usuarios de scooters

Sin embargo, también es importante saber que una póliza médica puede proteger de manera más integral a cualquier usuario de sistemas de movilidad sin anclaje como las bicicletas o monopatines. Una póliza de Accidentes Personales ampara al asegurado en caso de percance y apoyan en gastos médicos y hospitalarios diarios, así como en indemnización en caso de muerte o incapacidad.

Algunas de las coberturas que ofrecen los seguros de Accidentes Personales son:

  • Orientación médica telefónica las 24 horas del día los 365 días del año.
  • Asistencia en viajes.
  • Protección internacional, que ampara en emergencias que puedan requerir atención médica por enfermedad o accidente, asistencia dental de urgencia, desplazamiento del asegurado por interrupción del viaje, entre otras.
  • Auxilio en caso de pérdida de documentos, transmisión de mensajes urgentes y pérdida de equipaje.

Algunas instituciones de seguros ofrecen estos seguros sin periodo de espera, a precios accesibles y se pueden contratar de manera individual o familiar. La edad mínima para contratar esta póliza es de 18 años y la máxima es de 60.

 


Mara Delgado
Escrito por:
Mara es egresada de la FCPyS UNAM, experta en creación y posicionamiento de contenido escrito y audiovisual en entornos digitales. Se especializa en seguros e insurtech.
Revisado por Ángel Hidalgo

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